Debido a la ausencia de respuesta a los escritos entregados a la empresa el 20 de junio, este comité se ve en la obligación de reiterar sus solicitudes por lo que ha entregado unos nuevos escritos pidiendo respuesta escrita tanto a las solicitudes ya entregadas como a los nuevos temas que abordamos y que han ido surgiendo durante estos meses.
Además convocamos a la dirección de la empresa a una reunión con el comité para tratar estos temas y convocamos la primera reunión del comité de seguridad y salud donde se abordarán temas como el comedor, aires acondicionados, ruidos, ....
En los tablones también podréis consultar un informe económico sobre los resultados de la empresa en los últimos años.
COMUNICADO A LA DIRECCIÓN DE SERIKAT
PRIMERO.- A bien tiene el
Comité de Empresa reiterar le fueren entregadas las copias
básicas de los contratos y las notificaciones de las prórrogas habidas durante
los años 2013 y 2014, así como los TC2.
SEGUNDO.- Este comité
reitera le fueren entregadas las Cuentas Mayores del grupo para una
comprensión completa de la situación económico-financiera de la empresa.
TERCERO.- Que habida cuenta la
incorporación de un “nuevo gerente, jefe, responsable”, solicita el comité le
fuere informado sobre la previsión de acometer en la mercantil cambios
organizativos.
Lo anterior señalado en base a lo preceptuado en el
art. 64.5 del E.T., cuya literalidad reza:
“El
comité de empresa tendrá derecho a ser informado y consultado sobre la
situación y estructura del empleo en la empresa o en el centro de trabajo, así
como a ser informado trimestralmente sobre la evolución probable del mismo,
incluyendo la consulta cuando se prevean cambios al respecto.
Asimismo,
tendrá derecho a ser informado y consultado sobre todas las
decisiones de la empresa que pudieran provocar cambios relevantes en cuanto a
la organización del trabajo y a los contratos de trabajo en la empresa.
Igualmente tendrá derecho a ser informado y consultado sobre la adopción de
eventuales medidas preventivas, especialmente en caso de riesgo para el empleo.
El
comité de empresa tendrá derecho a emitir informe, con carácter previo a la
ejecución por parte del empresario de
las decisiones adoptadas por éste, sobre las siguientes cuestiones:
a) Las reestructuraciones
de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales, de aquélla.
b) Las reducciones
de jornada.
c) El traslado
total o parcial de las instalaciones.
d) Los procesos de
fusión, absorción o modificación del estatus jurídico de la empresa que
impliquen cualquier incidencia que pueda afectar al volumen de empleo.
e) Los planes de
formación profesional en la empresa.
f) La implantación
y revisión de sistemas de organización y control del trabajo, estudios de tiempos, establecimiento de sistemas de
primas e incentivos y valoración de puestos de trabajo.”
CUARTO.- Que reitera el solicito esta parte en el
sentido de que le fuere entregada la relación de
la composición de las plantillas correspondientes a los años 2012, 2013 y 2014, con el
objeto de efectuar un estudio al respecto de la evolución del empleo en la
empresa. Se solicita asimismo se entregare la relación de las categorías profesionales y las funciones que
desempeñan en la empresa.
QUINTO.- Que tal y como se señalaba en el escrito
entregado, entiende el Comité no proceder la compensación y absorción del
complemento de antigüedad, reiterando el solicito de que se procediere al
estudio de los extremos expuestos en orden a dar respuesta escrita al respecto.
SEXTO.- Que existiendo una auditoría en
seguridad realizada sobre el cliente Erhardt Gestión Corporativa S.L. que
afectando la misma a los compañeros cuya representación ostentamos, y habida
cuenta ser de interés en orden a preservar los derechos e intereses de la parte
social, requiere esta parte le fuere entregada la auditoria en cuestión.
Esta parte se encuentra
plenamente legitimada para actuar en nombre y representación de los compañeros
de Serikat en orden a preservar los derechos e intereses laborales de los
mismos, y a tal respecto, la existencia -contrastada a tenor de la
literalidad de la carta entregada a este comité de empresa- de la auditoria
resulta de sumo interés en orden al cumplimiento de los cometidos de la
representación legal de los trabajadores.
SÉPTIMO.- Reiterando lo ya manifestado en el anterior
escrito, el Comité defiende la idoneidad del convenio colectivo de oficinas y
despachos de Bizkaia como fuente reguladora de las relaciones, derechos y
obligaciones socio-laborales de l@s trabajadoras y trabajadores de Serikat;
reiterando su solicito de que se procediere a la aplicación del mismo, hasta en
tanto en cuanto se rubricare convenio que lo sustituyere.
Juntamente con lo anterior,
reiterar la necesidad de mantener el poder adquisitivo,
instando a que se contemplare la actualización de las tablas
salariales conforme a los I.P.C.´s 2012 y 2013, máxime cuando el
resultado correspondiente año 2013 ha sido favorable (se adjunta el informe
efectuado por el gabinete económico del Sindicato al respecto).
OCTAVO.- A tenor del escrito remitido por
parte de la Dirección de la mercantil en la que se nos comunicaba mantener las
condiciones socio-laborales hasta fecha de 31 de diciembre de 2014, sirva el
presente escrito en orden a requerir dieren cumplida notificación de las
condiciones socio-laborales del personal a partir de 1 de enero de 2015.
Manifestar, que la representación
legal de los trabajadores insta a la mercantil al mantenimiento de las
condiciones, procediéndose a la convocatoria formal de mesa negociadora de
convenio de empresa en el supuesto de que la mercantil acometiere o notificare
unilateralmente modificación alguna que implicare una merma en las condiciones
socio-laborales referidas.
Que se nos
informe de las modificaciones en las condiciones de trabajo que se van a
realizar para el próximo año, tanto en las horas anuales de jornada laboral,
días de vacaciones, días de libre disponibilidad y el convenio que afectará a
los trabajadores de la empresa. Así como insistir de la idoneidad del convenio
expresado en el punto anterior.
NOVENO.- Solicita el Comité que le fuere informado y consultado sobre cualesquiera de los planes de formación a realizar por la empresa.
DÉCIMO.- Que sin perjuicio
del solicito de que se diere contestación por escrito a los extremos
planteados antes del día 3 de octubre de
2014, estima esta parte ser de interés concertar reunión en orden a abordar
éstos y otros temas que pudieren surgir; proponiéndose como fecha el día 9 de octubre de 2014 a las 9:00 horas, en la sede de la empresa, sita en
la C/ ERCILLA.
En BILBAO, a 26
de SEPTIEMBRE de 2014
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