lunes, 29 de septiembre de 2014

Comunicado a la dirección

Compañer@s,

Debido a la ausencia de respuesta a los escritos entregados a la empresa el 20 de junio, este comité se ve en la obligación de reiterar sus solicitudes por lo que ha entregado unos nuevos escritos pidiendo respuesta escrita tanto a las solicitudes ya entregadas como a los nuevos temas que abordamos y que han ido surgiendo durante estos meses.

Además convocamos a la dirección de la empresa a una reunión con el comité para tratar estos temas y convocamos la primera reunión del comité de seguridad y salud donde se abordarán temas como el comedor, aires acondicionados, ruidos, ....

En los tablones también podréis consultar un informe económico sobre los resultados de la empresa en los últimos años.

COMUNICADO A LA DIRECCIÓN DE SERIKAT




PRIMERO.- A bien tiene el Comité de Empresa reiterar le fueren entregadas las copias básicas de los contratos y las notificaciones de las prórrogas habidas durante los años 2013 y 2014, así como los TC2.

SEGUNDO.- Este comité reitera le fueren entregadas las Cuentas Mayores del grupo para una comprensión completa de la situación económico-financiera de la empresa.

TERCERO.- Que habida cuenta la incorporación de un “nuevo gerente, jefe, responsable”, solicita el comité le fuere informado sobre la previsión de acometer en la mercantil cambios organizativos.
                Lo anterior señalado en base a lo preceptuado en el art. 64.5 del E.T., cuya literalidad reza:
 El comité de empresa tendrá derecho a ser informado y consultado sobre la situación y estructura del empleo en la empresa o en el centro de trabajo, así como a ser informado trimestralmente sobre la evolución probable del mismo, incluyendo la consulta cuando se prevean cambios al respecto.

Asimismo, tendrá derecho a ser informado y consultado sobre todas las decisiones de la empresa que pudieran provocar cambios relevantes en cuanto a la organización del trabajo y a los contratos de trabajo en la empresa. Igualmente tendrá derecho a ser informado y consultado sobre la adopción de eventuales medidas preventivas, especialmente en caso de riesgo para el empleo.

El comité de empresa tendrá derecho a emitir informe, con carácter previo a la ejecución por parte del empresario de las decisiones adoptadas por éste, sobre las siguientes cuestiones:

    a) Las reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales, de aquélla.
    b) Las reducciones de jornada.
    c) El traslado total o parcial de las instalaciones.
    d) Los procesos de fusión, absorción o modificación del estatus jurídico de la empresa que impliquen cualquier incidencia que pueda afectar al volumen de empleo.
    e) Los planes de formación profesional en la empresa.
    f) La implantación y revisión de sistemas de organización y control del trabajo, estudios de tiempos, establecimiento de sistemas de primas e incentivos y valoración de puestos de trabajo.”

CUARTO.-   Que reitera el solicito esta parte en el sentido de que le fuere entregada la relación de la composición de las plantillas correspondientes a los años 2012, 2013 y 2014, con el objeto de efectuar un estudio al respecto de la evolución del empleo en la empresa. Se solicita asimismo se entregare la relación de las  categorías profesionales y las funciones que desempeñan en la empresa.

QUINTO.-   Que tal y como se señalaba en el escrito entregado, entiende el Comité no proceder la compensación y absorción del complemento de antigüedad, reiterando el solicito de que se procediere al estudio de los extremos expuestos en orden a dar respuesta escrita al respecto.

SEXTO.-  Que existiendo una auditoría en seguridad realizada sobre el cliente Erhardt Gestión Corporativa S.L. que afectando la misma a los compañeros cuya representación ostentamos, y habida cuenta ser de interés en orden a preservar los derechos e intereses de la parte social, requiere esta parte le fuere entregada la auditoria en cuestión.

                Esta parte se encuentra plenamente legitimada para actuar en nombre y representación de los compañeros de Serikat en orden a preservar los derechos e intereses laborales de los mismos, y a tal respecto, la existencia -contrastada a tenor de la literalidad de la carta entregada a este comité de empresa- de la auditoria resulta de sumo interés en orden al cumplimiento de los cometidos de la representación legal de los trabajadores.

SÉPTIMO.- Reiterando lo ya manifestado en el anterior escrito, el Comité defiende la idoneidad del convenio colectivo de oficinas y despachos de Bizkaia como fuente reguladora de las relaciones, derechos y obligaciones socio-laborales de l@s trabajadoras y trabajadores de Serikat; reiterando su solicito de que se procediere a la aplicación del mismo, hasta en tanto en cuanto se rubricare convenio que lo sustituyere.

                Juntamente con lo anterior, reiterar la necesidad de mantener el poder adquisitivo, instando a que se contemplare la actualización de las tablas salariales conforme a los I.P.C.´s 2012 y 2013, máxime cuando el resultado correspondiente año 2013 ha sido favorable (se adjunta el informe efectuado por el gabinete económico del Sindicato al respecto). 

OCTAVO.- A tenor del escrito remitido por parte de la Dirección de la mercantil en la que se nos comunicaba mantener las condiciones socio-laborales hasta fecha de 31 de diciembre de 2014, sirva el presente escrito en orden a requerir dieren cumplida notificación de las condiciones socio-laborales del personal a partir de 1 de enero de 2015.

Manifestar, que la representación legal de los trabajadores insta a la mercantil al mantenimiento de las condiciones, procediéndose a la convocatoria formal de mesa negociadora de convenio de empresa en el supuesto de que la mercantil acometiere o notificare unilateralmente modificación alguna que implicare una merma en las condiciones socio-laborales referidas.

Que se nos informe de las modificaciones en las condiciones de trabajo que se van a realizar para el próximo año, tanto en las horas anuales de jornada laboral, días de vacaciones, días de libre disponibilidad y el convenio que afectará a los trabajadores de la empresa. Así como insistir de la idoneidad del convenio expresado en el punto anterior.

NOVENO.- Solicita el Comité que le fuere informado y consultado sobre cualesquiera de los planes de formación a realizar por la empresa.

DÉCIMO.- Que sin perjuicio del solicito de que se diere contestación por escrito a los extremos planteados  antes del día 3 de octubre de 2014, estima esta parte ser de interés concertar reunión en orden a abordar éstos y otros temas que pudieren surgir; proponiéndose como fecha el día  9 de octubre de 2014 a las  9:00 horas, en la sede de la empresa, sita en la C/ ERCILLA.

En BILBAO, a 26 de SEPTIEMBRE de 2014

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