Saludos Compañer@s
COMUNICADO del COMITÉ DE EMPRESA
PRIMERO.- Refieren en el correlativo “la empresa, de conformidad
con lo establecido por la normativa vigente, viene entregando al comité de
empresa, y seguirá haciéndolo, las copias básicas de contratos y prórrogas
desde el momento en que existe el derecho a recibirlas, es decir, desde su
existencia como representación legal de los trabajadores”.
Entiende esta parte, y con los
debidos respetos lo manifiesta, que en la medida en que actuamos en orden a
defender, velar por los derechos e intereses de los compañeros cuya
representación ostentamos, estamos y estaremos legitimados -reitero, en esa defensa
de los derechos e intereses- a efectos de comprobar la legalidad del contrato
bajo cuya vigencia vienen desempeñando los menesteres profesionales, aún y en
el supuesto de que el mismo hubiere sido rubricado con anterioridad a las
elecciones en cuestión.
Lo
anterior señalado, reiterar el solicito de que fueren entregadas las copias de
los contratos de los compañeros, en orden a comprobar la legalidad de los
mismos.
Únasele
a lo anterior, el solicito de la entrega de los TC2.
SEGUNDO.- Haciendo uso de la disposición mostrada por
la empresa en el correlativo, procede esta parte a plantear las siguientes
cuestiones:
·
Balance de sumas y saldos.
·
Cuentas Consolidadas del grupo de
los últimos 3 años y actuales.
·
Previsión final año y previsión
2015.
TERCERO.- Muestra esta parte su conformidad con lo
aducido en el correlativo.
CUARTO.- Estudiada la
documentación relativa a las categorías de los compañeros, a bien tiene esta
parte efectuar las siguientes consideraciones y solicitos:
- Se han observado incorrecciones en lo referente a las categorías que figuran en los contratos y nóminas de los compañeros, bien porque las mismas no existen en el convenio de referencia, bien porque la categoría que pudiere constar no se corresponde con las funciones y tareas que viniere realizando el compañero.
- Lo anterior señalado, insta esta parte a la empresa procediere a revisar las categorías de los compañeros en orden a corregir las incorrecciones apercibidas.
QUINTO.- Disconforme con el correlativo.
SEXTO.- No son las determinadas
particularidades de los clientes lo que resulta de interés para esta parte,
sino la posible existencia y uso que pudiere dársele a auditorias “secretas”,
sin que constare a esta representación, no ya sólo su mera existencia, sino los
criterios objetivos, racionales y medibles empleados en su realización; máxime
cuando las mismas pudieren esgrimirse en orden a fundamentar despidos de
compañeros.
A tal respecto, entiende esta parte
y así lo manifiesta respetuosamente, que toda existencia de una auditoria que
ha sido esgrimida en orden a fundamentar la resolución de un contrato de un
compañero, es objeto de interés -se reitera- en orden al desempeño de las
funciones, cometidos de defensa y representación de los derechos e intereses de
los compañeros.
Por lo anterior expuesto, y salvo
que la mercantil manifestare no volver a fundamentar resolución de vínculo
contractual alguno en base a auditorias no conocidas por esta parte, es deber y
derecho de esta parte reiterar su solicito de tener vista del mismo, en orden a
preservar haberse basado en criterios cuantificables, objetivos y conocidos.
SÉPTIMO y OCTAVO.- Disconforme.
Estima esta parte proceder la aplicación del convenio de oficinas y despachos
de Bizkaia
NOVENO y DÉCIMO.-
Muestra esta parte su conformidad.
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