miércoles, 10 de diciembre de 2014

Categorías Profesionales



A LA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA SERIKAT,

Reunidos con fecha 24 de octubre del 2014, Daniel Gainzarain y Maite Míguez  como representantes de la dirección de empresa, y el comité de empresa como representantes de los trabajadores se debatió que tras el cambio de convenio provincial hacia el estatal, algunas de las categorías profesionales aplicadas en los contratos no existen en dicho convenio además de que hay trabajadores cuya categoría no refleja su actividad  por lo que se instó al comité a que realizara un estudio sobre las categorías de los trabajadores.

Desde este comité y con el respaldo de los trabajadores se ha decidido llevar a cabo este estudio en dos fases, una primera que intentará subsanar los errores por los que hay personas con una categoría inexistente asignada y de la que trata este documento y una segunda en la que se intentará definir la categoría de cada persona en relación a las funciones que realiza.

Si bien, aunque este comité no reconoce de aplicación en Serikat (delegación Bilbao) el Convenio  Estatal de Consultoras sino el Convenio de Oficinas y Despachos de Bizkaia, mientras no se resuelva el conflicto en curso propone la aplicación de las siguientes categorías recogidas en el Convenio Estatal de Consultoras. Pudiendo en la segunda fase del estudio, que algunos trabajadores puedan volver a modificar sus categorías ajustándolas a las funciones que desempeñan dentro de la empresa.


Categoría inexistente en el convenio estatal de consultoras
Categoría a aplicar
Jefe de proyecto 
Titulado Superior
Técnico de soporte
Analista
Programador de 2ª en prácticas
Programador Junior
Grabador de datos
Grabador
Operador de segunda
Programador Junior

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